Las 5 razones comunes por las que se declaran con lugar recursos de apelación contra el acto final en licitaciones / Parte 1
Una frase atribuida a Einstein dice así “Si tuviera una hora para salvar el mundo, dedicaría 55 minutos a definir el problema y 5 minutos a encontrar la solución.”
Aplica al dilema sobre si presentar un recurso de apelación o no en una licitación mayor regulada por la Ley General de Contratación Pública. El problema a resolver en un juego de probabilidades y variables, muchas sobre las que no se tiene control, y otras en las que sí hay un espacio de trabajo.
Es una decisión del oferente no adjudicado, sobre si debe apelar o no, si definitivamente renuncia al negocio, o no. Algunas veces la decisión está en la línea, y es un ejercicio indispensable, determinante para la apelación con oportunidad de éxito, y sin riesgo de recurso temerario.
Más allá de cada caso concreto. y las condiciones particulares y, de lo sucedido en el proceso de subsanación de ofertas, de los estudios técnicos y recomendación de adjudicación, vale la pena echar una mirada a los factores determinantes de éxito en apelación, según la masa de apelaciones resueltas.
Para este efecto, y a falta de un dato oficial, se usa la revisión de la inteligencia artificial[1], a partir de la base de datos públicos de la Contraloría General de la República de Costa Rica, solo del año 2025 y los resultados son estos, como factores de éxito en las apelaciones:
- Aportación de prueba idónea y suficiente.
- Fundamentación técnica sólida.
- Reconocimiento de errores por parte de la Administración.
- Inadecuada formulación de requisitos en los pliegos.
- Violación de principios de legalidad y competencia.
Por ahora, nos referimos al punto primero: 1. Aportación de prueba idónea y suficiente.
La Carga Probatoria en los Recursos de Apelación en Contratación Pública: Entre la Exigencia Técnica y la Realidad Práctica.
En el ámbito de la contratación pública costarricense, la interposición de un recurso de apelación contra un acto final exige al recurrente una labor probatoria rigurosa. Posición desarrollada en el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, a partir del enunciado de Ley:
“Deber de fundamentación
Los recursos se presentarán debidamente fundamentados y con la prueba idónea, con invocación de los principios de la contratación pública y normas infringidas. Se deberá indicar la infracción sustancial del ordenamiento jurídico que se alegue como fundamento de la impugnación. Junto con el recurso deberán aportarse los estudios técnicos que desvirtúen los criterios en que se sustente el acto impugnado.”
La Contraloría General de la República (CGR) demanda que los recursos estén debidamente fundamentados y acompañados de pruebas idóneas y suficientes que respalden los alegatos presentados. Sin embargo, en la práctica, esta exigencia puede convertirse en una barrera significativa, debido a la dificultad de obtener ciertos medios probatorios, no tasados y la discrecionalidad con la que la CGR valora la prueba aportada.
La Exigencia de Prueba Idónea y Suficiente
La CGR ha establecido que los recursos de apelación deben estar acompañados de pruebas que sean útiles y pertinentes para respaldar los argumentos del recurrente. Esto implica que la prueba debe ser adecuada para desvirtuar criterios técnicos de la Administración o sustentar afirmaciones técnicas del recurrente. La falta de prueba idónea puede llevar al rechazo del recurso, incluso si los argumentos presentados son jurídicamente sólidos.
La Dificultad de Obtener Prueba No Tasada -Inversión
En algunos casos, es recomendable aportar criterios técnicos independientes, estudios y traer prueba legalizada, desde el extranjero. ¿Cómo convencer a la Caja Costarricense del Seguro Social de que un medicamento sí tiene todos los certificados de buena manufactura, o que un yeso sí endurece en 10 minutos?
La Discrecionalidad en la Valoración de la Prueba
La CGR posee un margen de discrecionalidad en la valoración de la prueba aportada por el recurrente. Esto significa que, incluso si se presenta prueba que, a juicio del recurrente, es idónea y suficiente, la CGR puede considerarla insuficiente o irrelevante. Esta situación genera un espacio de incertidumbre y, en algunos casos, puede dar lugar a resoluciones que parecen arbitrarias, demasiado marcadas por la valoración subjetiva. Probablemente un punto me mejora del sistema.
La Realidad de un Ecosistema Perfectible
A pesar de las dificultades mencionadas, es importante reconocer que el sistema de contratación pública costarricense avanza con gran ritmo, positivamente, es perfectible y que los oferentes deben adaptarse a las exigencias actuales, en las que la contratación pública es cada vez más normada, y rigurosa. Asuntos como composición de precio, subcontratación, subsanaciones, régimen de sanciones y grupo de interés económico, pasan a apuñarse en el primer lugar compartido por muchos otros, como asuntos determinantes.
Conclusión
La interposición de un recurso de apelación en el ámbito de la contratación pública costarricense requiere un esfuerzo significativo en la recopilación y presentación de prueba idónea y suficiente, siendo este uno de los aspectos determinantes para la ganar el recurso. Aunque este proceso puede ser complejo y estar sujeto a la discrecionalidad de la CGR, es posible obtener resultados favorables.
Por: Adrián Leitón Zúñiga, abogado especialista en contratación pública
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[1] Chat GPT ha tenido en este caso un resultado algo más claro que Perplexity. Deep Seek se perdió en la búsqueda